Facturación electrónica en Ecuador: obligaciones y plazos vigentes
Actualizado: · Rubén Mosquera, fundador de OperoApp
La facturación electrónica es el esquema obligatorio de emisión de comprobantes en Ecuador: cada factura se genera como un XML firmado electrónicamente, se transmite al SRI para su autorización y se entrega al comprador junto con su representación en PDF (RIDE). Están obligados prácticamente todos los contribuyentes que venden bienes o servicios; la única excepción relevante es el RIMPE Negocio Popular, que puede emitir notas de venta.
Esta guía resume quién está obligado, qué comprobante corresponde a cada régimen y los tres cambios normativos que rigen en 2026.
¿Qué comprobante me corresponde según mi régimen?
| Régimen | Ingresos brutos anuales | Comprobante | IVA |
|---|---|---|---|
| RIMPE Negocio Popular | Hasta USD 20.000 | Nota de venta (o factura electrónica, opcional) | No declara IVA |
| RIMPE Emprendedor | USD 20.000 – 300.000 | Factura electrónica | Declara mensualmente |
| Régimen general | Más de USD 300.000 | Factura electrónica | Declara mensualmente |
El SRI recategoriza contribuyentes entre regímenes según sus ingresos declarados; en 2026 miles de contribuyentes pasaron de RIMPE Emprendedor al régimen general. Verifica tu régimen actual en el portal del SRI antes de asumir el de años anteriores.
¿Qué cambió en 2026? Los tres cambios que debes conocer
1. Transmisión inmediata de comprobantes
Desde el 1 de enero de 2026, la Resolución NAC-DGERCGC25-00000017 eliminó el plazo de hasta 4 días hábiles para transmitir comprobantes: la transmisión al SRI debe ser en tiempo real, en el momento de la operación, y la fecha de emisión debe corresponder a la fecha real de la venta. Acumular facturas para enviarlas al cierre del día o del mes dejó de ser una opción.
2. Facturas a consumidor final sin marcha atrás
Desde la misma fecha, las facturas emitidas a consumidor final (ventas de hasta USD 50 con IVA incluido, sin identificar al comprador) no pueden anularse ni corregirse mediante notas de crédito una vez transmitidas. La consecuencia práctica: hay que identificar correctamente al comprador antes de emitir, no después.
3. Registro obligatorio de proveedores de sistemas de facturación
La Resolución NAC-DGERCGC26-00000027 (publicada en el Registro Oficial el 28 de julio de 2026) creó el registro obligatorio de proveedores de sistemas informáticos y servicios de facturación electrónica. Los proveedores deben registrar la actividad ante el SRI, y los comprobantes emitidos con sistemas de terceros deben incluir el RUC del proveedor del sistema en su información adicional, conforme a la ficha técnica vigente.
¿Cómo verifico que mi proveedor de facturación cumple?
Tres comprobaciones rápidas antes de contratar o renovar:
- Que esté registrado ante el SRI como proveedor de sistemas de facturación electrónica (Resolución NAC-DGERCGC26-00000027) o en trámite de registro.
- Que sus comprobantes incluyan el RUC del proveedor en la información adicional del XML, como exige la resolución.
- Que emita y transmita en tiempo real: un sistema que acumula y envía en lotes te deja en incumplimiento desde 2026.
¿Qué necesito para empezar a facturar electrónicamente?
- RUC activo con la actividad económica correcta.
- Firma electrónica vigente de una entidad de certificación acreditada.
- Un sistema de emisión: el facturador gratuito del SRI (emisión manual) o un sistema de facturación que se conecte a tus canales de venta y lleve el inventario.
OperoApp emite y transmite en tiempo real, lleva el inventario en el mismo movimiento y se integra con Mercado Libre, Shopify y WooCommerce.
Preguntas frecuentes
¿Quién está obligado a emitir facturas electrónicas en Ecuador?
Todo contribuyente que realice ventas de bienes o servicios, salvo los RIMPE Negocio Popular (hasta USD 20.000 anuales), que pueden emitir notas de venta. RIMPE Emprendedor y régimen general emiten factura electrónica.
¿Hasta qué monto puedo facturar a consumidor final?
Hasta USD 50 (IVA incluido) por transacción en factura electrónica. Desde ese monto debes identificar al comprador con cédula, RUC o pasaporte. En notas de venta del RIMPE Negocio Popular el límite es USD 200.
¿Puedo enviar mis comprobantes al SRI al final del día?
No. Desde el 1 de enero de 2026 la transmisión es inmediata (Resolución NAC-DGERCGC25-00000017): el comprobante se transmite al SRI en el momento de la operación y su fecha de emisión debe ser la fecha real de la venta.
¿Qué es el registro de proveedores de facturación electrónica del SRI?
Un registro obligatorio creado por la Resolución NAC-DGERCGC26-00000027 (julio de 2026): los proveedores de sistemas de facturación deben registrarse ante el SRI, y los comprobantes emitidos con sistemas de terceros deben incluir el RUC del proveedor en su información adicional.
¿Qué pasa si emito una factura a consumidor final por error?
Desde el 1 de enero de 2026 las facturas a consumidor final no se pueden anular ni corregir con nota de crédito una vez transmitidas al SRI. Verifica los datos del comprador antes de emitir.